Descripción
Con este tipo de ayudas se trata de fomentar el autoempleo por
medio de un pago total o parcial de la prestación por desempleo.
Modalidades
1ª. PAGO ÚNICO: cuando se solicita
la totalidad de la prestación por anticipado, para formar,
con al menos otras dos personas, el capital social de una Sociedad
Laboral o de una Cooperativa, con el objetivo de financiar las inversiones
iniciales de la empresa
2ª. PAGO PARCIAL: se solicita una parte de
la prestación por anticipado con el fin de integrarlo como
capital de una Sociedad Laboral o de una Cooperativa. La PARTE RESTANTE
se destinará para la posterior devolución de las cuotas
de la Seguridad Social.
3ª. Exclusivamente DEVOLUCIÓN TRIMESTRAL DE
LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE AUTÓNOMO: en
este caso no se solicita ninguna cantidad por adelantado, sino que
la propia Prestación se destinará al abono sucesivo
de las cuotas, el cual se hará efectivo conforme se acrediten
los trimestres cotizados como autónomo.
4ª. PAGO INICIAL de hasta el 20% de la prestación,
y el resto para la DEVOLUCIÓN TRIMESTRAL DE LAS CUOTAS DE
LA SEGURIDAD SOCIAL DE AUTÓNOMOS, como en la modalidad 3ª.Beneficiarios
Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo,
(bien al comienzo de dicha prestación, o bien en cualquier
momento posterior, siempre que al menos queden tres meses pend ientes
de percibir).
Información y solicitudes
Las modalidades 1ª y 2ª y 4ª necesitan un asesoramiento
previo proporcionado por el Servicio Regional de Empleo, que se
concierta en el Teléfono 900.702.207. En la entrevista o
sesión se explican: las formas jurídicas más
convenientes, el orden de los pasos, la documentación a presentar
en cada caso, así como las posibilidades de otras ayudas.
Para la 3ª modalidad (exclusivamente devolución de
cuotas) el asesoramiento es conveniente. En este caso, el solicitante
puede ir directamente a su Oficina del INEM-Prestaciones y solicitarla
en el modelo "Anexo 15" pocos días antes de darse
de alta en el Régimen de Autónomos.
Compatibilidad con otras ayudas
En principio, el Pago Único es compatible con otras ayudas
de varios tipos: subvenciones financieras, cantidades a fondo perdido
por creación de empleos indefinidos, subvenciones a la inversión
en activos fijos, Asistencia técnica, etc. ( lógicamente,
siempre que se cumplan los requisitos específicos de cada
tipo de ayuda).
Es muy recomendable no condicionar el desarrollo de la empresa
a la obtención de estas otras ayudas posteriores.
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